Real Decreto III

Bueno, pues ya tengo respuestas a mis dudas de ayer. En el preámbulo del Decreto-ley nos dice que:
"la crisis sanitaria provocada por la pandemia subsiste, aunque notablemente atenuada en nuestro país, y su superación aún no ha sido oficialmente declarada ni en el ámbito nacional, ni en el internacional, por los organismos y autoridades competentes. Por ello (...) se hace urgente y nacesaria la adopción de dichas medidas preventivas, mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la situación de crisis sanitaria".
Pues ale, podemos llegar a la kafkiana situación este verano de que haya menos muertos por Covid-19 que por ahogamiento en las playas, pero que sigamos en situación de crisis sanitaria porque el organismo competente en el ámbito internacional no se habrá pronunciado.

La cita de arriba está en el mismo párrafo en el que también se puede leer lo siguiente:
"los efectos de la pandemia (en España, se entiende) han sido notablemente controlados gracias a las medidas de contención adoptadas".
Como parece que esto no pueda ser verdad, adjunto prueba.



Más adelante, puedo leer que
"la gravedad de esta crisis sanitaria ha puesto de manifiesto determinadas carencias en la regulación contenida en nuestra legislación ordinaria (...) para hacer frente a crisis sanitaria de esta o similar naturaleza. Por ello se considera necesario acometer una serie de modificaciones puntuales de la legislación sanitaria (...) que permitirán que a través de la figura de las «actuaciones coordinadas en salud pública», se puedan elaborar o activar planes y estrategias de actuación para afrontar emergencias sanitarias"
Habrá que estar atentos a los cambios legislativos que están por venir. No creo que sirvan, visto el camino que llevamos, para aumentar la calidad democrática de nuestros procedimientos sanitarios. 

Por otra parte, para un resumen de las medidas, os remito a la entrada de El BOE nuestro de cada día: https://civio.es/el-boe-nuestro-de-cada-dia/2020/06/10/decreto-ley-nueva-normalidad-boe/

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