Vacuna... ¿sí o no?

Nota: Este post está escrito desde una visión positiva sobre las vacunas: las creo útiles para erradicar enfermedades y también pienso `que nos protegen ante la visita a un país donde los microbios son desconocidos para nuestro organismo. 

Tras casi dos meses de campaña de vacunación en España, siguen las reticencias de una parte considerable la población sobre si aceptar la vacuna o no. A continuación presento un resumen fundamentado del motivo de esas reticencias

Las vacunas

Actualmente hay 3 vacunas que han llegado a nuestro país: 

- Comirnaty (de Pfizer/BioNTech) americana/alemana y autorizada en la UE el 21/12/2020 

- Moderna, americana, autorizada en la UE el 6/01/2021

- AstraZeneca, inglesa (Universidad de Oxford) / americana, autorizada en la UE el 29/01/2021

Todas requieren 2 dosis. Las dos primeras son vacunas de ARN mensajero y se han usado para los primeros grupos vacunados (abuelos en residencias, personal sanitario). La AstraZeneca se está usando solo para menores de 55 años que trabajan en funciones esenciales (policías, bomberos, fuerzas armadas, docentes y personal de colegios) y es una vacuna clásica que contiene el virus atenuado.

Además de estas, hay 3 vacunas más esperando ser aprobadas en la UE. La que probablemente llegará primero será la Janssen de Johnson & Johnson. Y también hay otras vacunas ya en uso, como la Sputnik V rusa, que no han pedido legalizarse en la UE por ahora.

Algo curioso es que compañías farmacéuticas expertas en vacunas, como Merck o GlaxoSmithKline no se han interesado en desarrollar esta. Algo menos curioso es que los CEO de Pfizer o Moderna vendieron gran parte de sus acciones de su empresa al anunciarse que tenían ya lista la vacuna y subir muchísimo de valor.

El proceso de aprobación

Todos los países de la UE van a la par porque el organismo que aprueba la comercialización de las vacunas es la Agencia Europea de Medicamentos (EMA en sus siglas en inglés). La EMA nos sonará porque tenía sede en Londres y con el anuncio del Brexit buscó nueva sede y una opción era Barcelona. Finalmente se instaló en Amsterdam en 2018. 

En su propia web (link) la EMA explica que el proceso estándar medio para la autorización de medicamentos dura 67 días, desde que la empresa pide la autorización hasta que la EMA lo concede, pero que en caso de situaciones de emergencia como una pandemia, el proceso se puede acelerar. Con la vacuna AstraZeneca, la EMA tardó 17 días en dar el visto bueno.

Aparte de una aceleración de los tiempos, también hay una relajación de los requisitos a cumplir. Las 3 vacunas que actualmente tienen una autorización condicional de comercialización para la UE, no la habrían conseguido si no estuviéramos en pandemia. Para entender bien qué significa esto, en la página del Ministerio de Sanidad español  (link) se explica que:  

La autorización de comercialización condicional es un instrumento contemplado en la legislación europea que permite una autorización ante una necesidad médica no cubierta, en la medida en que el beneficio para la salud pública de su inmediata disponibilidad es superior a la incertidumbre derivada de la limitación de los datos disponibles

Para conseguir esta autorización de la EMA, no hace falta que los ensayos clínicos de la vacuna estén terminados. Con que haya ensayos clínicos en curso, con buenos datos iniciales, es suficiente. Estos se han de seguir desarrollando a la vez que ya se va administrando la vacuna a la población. Por tanto, los que dicen que no quieren participar en un ensayo o ser usados como conejillos de indias, no están exagerando.

Los preacuerdos de de compra

En agosto de 2020 la UE firmó preacuerdos de compra anticipada con las principales farmacéuticas que desarrollaban la vacuna. Lo hizo de forma confidencial, sin hacer público el contenido. El acuerdo con AstraZeneca se ha publicado parcialmente este enero de 2021, pero no se conoce ni el precio ni el calendario de entregas. 

Lo que sí se hizo público fue que en caso de la vacuna provoque efectos adversos y algún ciudadano demande a los fabricantes, estos no se harán cargo de las posibles indemnizaciones, sino que las tendrán que pagar los estados europeos. Es decir, que los propios contribuyentes europeos vamos a cargar con el coste económico de las externalidades negativas, mientras que el beneficio económico va íntegro para las farmacéuticas. Un negocio redondo, y es normal que el consumidor sospeche que los propios fabricantes no se fían demasiado del invento.

Actualización: aquí está colgado el acuerdo en inglés, con algunos párrafos censurados. Aquí hay una traducción. 

Voces autorizadas en contra

La Doctora mexicana Karina Acevedo Whitehouse habla en este video de febrero de 2021 de las vacunas comercializadas en México, que básicamente son las mismas que tenemos en España. Hace un análisis muy profundo y cargado de datos que merece la pena escuchar. 

En España es difícil oír a un médico expresar en alto dudas sobre el proceso de vacunación, o sobre cualquier otra medida sanitaria contra el Covid. Parece que las amenazas veladas que se publicaron en verano han dado fruto: Varios colegios profesionales en España advierten de que abrirán expedientes a sus colegiados si mantienen posturas contra la existencia del virus y plantean llegar hasta la FiscalíaEsto incluye los "que se oponen a las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias como el uso de mascarillas, la cuarentena, el aislamiento, el confinamiento y la distancia física, y rechazan el desarrollo de las vacunas para combatir la pandemia".

En otros países, médicos y científicos sí se ha manifestado en contra de las medidas. Un ejemplo es la carta de 70 pediatras belgas al ministro de educación de aquél país, en contra de las mascarillas en las escuelas (link a la información). Y otro ejemplo, mucho más reciente, es la carta de 200 médicos y farmacéuticos alemanes que piden al ministerio de sanidad que no recomiende la vacuna. Aquí se explica con detalles. 

Efectos secundarios

La vacuna AstraZeneca, que se está administrando ahora mismo a funcionarios menores de 55 años, provoca unos efectos secundarios en gran parte de los vacunados que les impide acudir al trabajo al día siguiente. Estos pueden incluir, según el prospecto: sensibilidad, dolor, calor, picor o moratones en el sitio de la administración de la inyección; fatiga o malestar general; escalofríos, fiebre; dolor de cabeza; dolor articular o dolor muscular; vómitos o diarrea, somnolencia o sensación de mareo, disminución del apetito, ganglios linfáticos agrandados, sudoración excesiva. 

Por lo que he visto a mi alrededor, estos efectos no son  raros. De hecho, lo raro es no experimentarlos al cabo de las 24 horas de recibir la vacuna. Suele durar uno o dos días. El resto de vacunas también están causando efectos secundarios y de hecho han aparecido medios no oficiales que están recogiendo estos efectos para informar a la población. 

De los efectos secundarios a largo plazo no se sabe nada porque no hay estudios. 

Los beneficios

La vacuna no evita al 100% el contagio. No evita contagiar a otras personas el virus. Por ahora, estar vacunado de las dos dosis no permitirá evitar la mascarilla, la distancia interpersonal ni ninguna de las medidas para frenar el virus. 

El Consejo de Europa y la vacuna

Desde finales de enero circula una información sobre una resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa cuyo nombre es: Vacunas Covid-19: consideraciones éticas, legales y prácticas

El texto original en inglés se encuentra aquí: link a la web del Consejo.

Hay una buena traducción al castellano en esta noticia online: link a la noticia.

Esta resolución ha llenado de esperanza a las personas contrarias a esta vacuna. El por qué hay muchas personas que no quieren vacunarse lo dejo para otro post, pero lo importante es que en España hasta ahora la vacunación nunca ha sido obligatoria, pero recientemente empiezan a escucharse voces que plantean que quizás esta vacuna si debería hacerse obligatoria, o por lo menos en determinados grupos de población, como los que trabajan con personas de riesgo.

El caso es que el Consejo de Europa se ha pronunciado, y de los 8 artículos de la resolución, el 7º habla explícitamente de la obligatoriedad de la vacuna. Y dice lo siguiente: 

7.- Los científicos han realizado un trabajo extraordinario en un tiempo récord. Ahora les toca a los gobiernos actuar. La Asamblea apoya la visión del Secretario General de las Naciones Unidas de que una vacuna Covid-19 debe ser un bien público mundial. La vacunación debe estar disponible para todos, en todas partes. Por tanto, la Asamblea insta a los Estados miembros y a la Unión Europea a:

7.3.1 asegurarse de que los ciudadanos estén informados de que la vacunación NO es obligatoria y de que nadie es presionado política, social o de otro modo para que se vacune, si no lo desea; 
7.3.2 velar por que nadie sea discriminado por no haber sido vacunado, por posibles riesgos para la salud o por no querer ser vacunado;

Parece que estos artículos han de calmar los miedos de muchas personas. Pero, ¿España y el resto de estados europeos están obligados a seguir la resolución del Consejo de Europa? En el caso de que una comunidad autónoma, como por ejemplo Galicia, plantee una multa para quien se niegue a vacunarse, ¿ampara esta resolución internacional a los ciudadanos?

Pues hay quien dice que sí, porque el Consejo tiene más poder que el Parlamento Europeo, y por tanto lo que dice es lo que vale en la UE. Algún youtuber abogado ha dicho esto, y tendría razón si estuviéramos hablando de la Unión Europea, pero el caso es que se equivoca de Consejo. Hay 2 Consejos en Europa: 

  • Uno se llama Consejo de la Unión Europea y es la institución que hace las leyes en la Unión Europea, junto con el Parlamento. Lo que dicen suele ser de obligado cumplimiento para los 27 países de la UE. Pero este Consejo no sido el que ha publicado la resolución objeto de esta entrada. 
  • El otro se llama Consejo de Europa, existe desde antes de la UE, y es una Organización Internacional formada por 47 estados miembros (los 27 de la UE + otros 20). Tiene la sede en Estrasburgo y su tarea es velar por el cumplimiento de los derechos humanos en los países miembros. 

Bueno, pues dentro del Consejo de Europa está la Asamblea Parlamentaria, que es quien ha emitido la resolución. Este organismo, como se explica en su página web,  tiene la capacidad de investigar temas actuales, recomendar y aconsejar modos de proceder a los gobiernos de los países miembros. No puede obligar a nada. Sólo aconsejan. 

Pues ya está resuelto el entuerto. La resolución del Consejo de Europa es una recomendación a sus países miembros. No nos protege a los ciudadanos de nada. Por ahora en España la vacuna no es obligatoria, pero existen los elementos legales para hacerla obligatoria en un caso de pandemia. Habrá que estar atentos. 

Pruebas piloto MPCC. El pasaporte covid llega a Cataluña

En noviembre de 2020 el Departament de Polítiques Digitals de la Generalitat de Catalunya junto la Cambra de Comerç de Barcelona crean el &q...